Arraigo familiar

VISIÓN GENERAL

Autorización de residencia temporal por circunstancias excepcionales. Arraigo familiar

La autorización de residencia temporal por arraigo familiar se concibe para aquellos supuestos en que el interesado, siendo ciudadano extranjero y hallándose en España:

  • O bien sea progenitor de un menor de nacionalidad española o comunitaria (siempre que el interesado tenga a cargo al menor y conviva con él, o esté a cargo de sus obligaciones paternofiliales respecto al mismo), o bien
  • Sea hijo de padre o madre que hubieran sido originariamente españoles.

(Es importante tener en cuenta que el supuesto del arraigo familiar se reserva para aquellos supuestos en que el interesado no cumpla los requisitos necesarios para obtener una tarjeta de familiar de ciudadano de la Unión Europea). 

La autorización obtenida, permitirá al interesado disponer de una autorización de residencia de un año de duración, que llevará siempre aparejada una autorización de trabajo en España durante la vigencia de aquella.

¿Que requisitos debo cumplir?

– El interesado no debe ser ciudadano de un país de la Unión Europea, del Espacio Económico Europeo o de Suiza, o familiar de ciudadanos de estos países a los que les sea de aplicación el régimen de ciudadanos de la Unión. 

Carecer de antecedentes penales en España y en los países en los que hayan residido en los 5 años anteriores, por delitos existentes en el ordenamiento español. 

No tener prohibida la entrada en España, no figurar como rechazable en el espacio territorial de países con los que España tenga firmado un convenio en tal sentido; así como no encontrarse dentro del plazo de no retorno a España.

Documentación a presentar ante extranjería

Formulario EX10 debidamente cumplimentado (se lo facilitará el Despacho al cliente).

Formulario de las tasas debidamente completado (se lo proporcionará el Despacho al cliente), así como justificante de pago de las tasas correspondientes. 

Fotocopia de todas las páginas del pasaporte, (en vigor, o con justificante de haberse tramitado la renovación del mismo). 

Fotocopia del DNI o de la tarjeta de identidad del hijo del interesado, o del progenitor originariamente español del interesado. (Por ambas caras). 

  • En el supuesto de ser padre o madre de menor de nacionalidad española:
    • Certificado de nacimiento del menor de nacionalidad española en el que conste el vínculo familiar y la nacionalidad española de dicho menor.
    • Así como documentación que acredite que el interesado tenga a cargo al menor y conviva con el (certificado de empadronamiento o volante de empadronamiento), o esté a cargo de sus obligaciones paternofiliales respecto al mismo (por ejemplo, sirviendo justificantes de pago de pensión de alimentos)
  • En el supuesto de ser hijo de padre o madre originariamente español:
    • Certificado de nacimiento del solicitante.
    • Certificado de nacimiento del padre o madre originariamente español o certificado del Registro que acredite dicha condición (NO bastando pasaporte español).

Certificado de antecedentes penales de los países en los que se haya residido en los últimos 5 años. 

Incluido el Certificado de antecedentes penales de España, actualizado en los últimos 3 meses.

Documentación acreditativa de convivencia con el vinculo familiar que puede ser:

  • Padre o madre de menor de nacionalidad española (certificado de nacimiento del menor y documentación de identidad)
  • Ser hijo de padre o madre originariamente español (Hay que aportar: certificado de nacimiento del solicitante menor y certificado de nacimiento del padre o madre originariamente español)

ADVERTENCIA

La presente guía tiene una finalidad exclusivamente divulgativa en relación con determinados aspectos de la normativa española sobre la adquisición de la nacionalidad española. En consecuencia, la información aquí reflejada es de carácter general y no constituye asesoramiento jurídico.

La presente Guía está actualizada a 12 de julio de 2021 y BACH LEGAL GROUP no asume compromiso alguno de actualización o revisión de contenido.

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